Economía

México: Nuevo Procedimiento de Defensa Contra Lista de Personas Bloqueadas | Caso blanco y LLP

El 11 de marzo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Diario Oficial de la Federación) una reforma a la Ley Bancaria de México (Ley de Instituciones de Crédito) para disponer un nuevo procedimiento para la defensa de las personas naturales y jurídicas contra inclusión en la lista de personas bloqueadas.

La lista de personas bloqueadas

De acuerdo con el artículo 115, noveno párrafo, de la Ley Bancaria de México, los bancos que operen en el país deberán suspender de inmediato las operaciones, cuentas, contratos o servicios que realicen o presten a cualquier persona (ya sea natural o jurídica) que se encuentre incluida en la Lista de Personas Bloqueadas (Lista de personas bloqueadas, o la «Lista«).

La Lista es emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México y, en particular, por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría, organismo gubernamental encargado de analizar la información para prevenir y combatir el lavado de dinero o el financiamiento del terrorismo (la “LA/FT«).

El Ministerio de Hacienda pone a disposición de los bancos y entidades financieras la Lista, quienes deben mantenerla confidencial del público en general.

De conformidad con las Reglas Bancarias ALA (Disposiciones de Carácter General a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito), la Lista debe incluir personas que cuenten con evidencia suficiente para indicar que pueden estar involucradas en LA/FT, tales como:

  • Incluido en las listas emitidas por los comités del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre terrorismo y financiamiento del terrorismo
  • Incluidos en listados emitidos por autoridades extranjeras, otros organismos internacionales o grupos intergubernamentales, de conformidad con instrumentos, tratados o convenios suscritos por México o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México en materia de LA/FT
  • de los cuales, según las autoridades mexicanas, existen elementos suficientes para indicar que están relacionados con LA/FT
  • Quién está en prisión por BC/FT
  • Quienes ya han determinado las autoridades mexicanas comprometidos por LA/FT
  • Quien omite u oculta o no reporta información sobre posible LA/FT
  • Los cuales fueron identificados por el Servicio de Administración Tributaria de México como simulando transacciones con facturas falsas
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El nuevo procedimiento de defensa contra la cotización

Procedimiento de defensa en términos de reformas a la Ley Bancaria Mexicana, publicado el 11 de marzo de 2022

Tenga en cuenta que el plazo indicado en el paso número cinco, anterior, podrá ser prorrogado por el Ministerio de Hacienda (ya sea unilateralmente oa solicitud de la persona incluida en la Lista) por un máximo de diez días hábiles.

En el antiguo mecanismo de defensa previsto en las Normas Bancarias ALA, dicho plazo sólo podrá prorrogarse a petición de la persona antes mencionada.

Diferencias entre el proceso de incidencia actual y los mecanismos anteriores disponibles para las personas en la Lista

  • El mecanismo de defensa anterior estaba previsto en las Normas Bancarias AML. Sin embargo, el proceso de defensa actual está en la propia Ley Bancaria Mexicana.
  • Previamente, el Ministerio de Hacienda debía emitir la decisión sobre si la persona debía ser removida de la Lista dentro de los diez días hábiles contados a partir de la fecha en que la persona en cuestión compareciera ante las autoridades. Ahora, debido a la última reforma a la Ley Bancaria de México, la Secretaría de Hacienda tiene quince días para emitir dicha resolución, contados a partir de la fecha en que el expediente quede totalmente integrado.
  • Anteriormente, la resolución del Ministerio de Hacienda debía ser notificada a la autoridad competente dentro de los quince días siguientes a su emisión. Sin embargo, este plazo se ha reducido a diez días hábiles.

Teniendo en cuenta que la Lista también se aplica a otro tipo de entidades financieras (por ejemplo, administradoras de fondos, intermediarios, aseguradoras, entidades Fintech, etc.), para preservar la seguridad jurídica, anticipamos que estos cambios se adoptarán en el resto de la legislación financiera relacionada. a los servicios y operaciones financieras en México.

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Haga clic aquí para descargar el PDF ‘México: Nuevo Procedimiento de Defensa Contra la Inclusión en la Lista de Bloqueados’ en Español.

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Prudencia Febo

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