Nueva guía publicada sobre la prevención de COVID-19 en el trabajo
El 10 de octubre, un comité conformado por la Secretaría de Salud, Trabajo y Previsión Social de México, la Secretaría de Economía y el Instituto Mexicano del Seguro Social («IMSS») anunció los Lineamientos para la Continuación Segura de las Actividades Económicas a pesar del COVID-19.
Las Directrices se aplican a nivel nacional y establecen las siguientes medidas generales recomendadas para reducir el riesgo de contraer COVID-19 en el lugar de trabajo:
- Favorecer la sana distancia de 1,5 metros entre individuos.
- Dotar de dispensadores de soluciones en base alcohol al 60% en diferentes puntos del puesto de trabajo.
- Asegurar que los baños estén en condiciones adecuadas y limpias para el uso del personal.
- Priorizar la ventilación natural en espacios comunes o con mayor concentración de personal.
- Revisar el funcionamiento y mantenimiento de los sistemas de ventilación y garantizar los cambios de filtros para su correcto funcionamiento.
- Abstenerse de utilizar tapetes desinfectantes.
Las Directrices incluyen lo siguiente con respecto a la aplicación de la prueba de COVID-19, la vacunación y el uso de mascarillas.
Pruebas de COVID-19
Las pruebas de antígeno y PCR son posibles, pero no son obligatorias ni se cargan al equipo.
En todo caso, deberá obtenerse el consentimiento previo del trabajador y la reincorporación al trabajo no deberá estar condicionada a la realización de una prueba.
Vacunación
La vacunación es voluntaria y no debe ser una condición para impedir que los empleados realicen actividades relacionadas con el trabajo en el lugar de trabajo.
mascarillas
No será obligatorio el uso de mascarillas en espacios abiertos y cerrados si es posible mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros.
Se aconseja su uso en espacios abiertos y cerrados si no es posible mantener la distancia de seguridad, o en espacios cerrados no ventilados o con ventilación restringida.
Su uso puede ser omitido por personas que no comparten un lugar de trabajo físico, para comidas y en caso de trabajo físico intenso.
Se sugiere el uso de mascarillas para personas que han decidido no vacunarse o que están inmunocomprometidos o trabajan en un lugar de trabajo con poca ventilación.
Los trabajos con alta exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19, como trabajadores de la salud o que realizan procedimientos que generan aerosoles, deben usar máscaras N95 o equivalentes y usar guantes, bata médica y protección para los ojos.
Para ello, las empresas podrán repartir mascarillas entre sus empleados, supervisando su correcto uso, cubriendo totalmente nariz y boca y evitando el uso de mascarillas con válvulas.
Lista de verificación de medidas de salud y seguridad
Además, las Directrices incluyen una lista de verificación de las medidas de salud y seguridad recomendadas para implementar en el lugar de trabajo. Estos incluyen, entre otros, los siguientes:
- Designar un comité o persona responsable de la correcta implementación, seguimiento y supervisión de las medidas recomendadas.
- Use máscaras en el transporte público y asegúrese de que los empleados que usan el transporte público se laven las manos con una solución a base de alcohol de al menos 60% antes de ingresar al lugar de trabajo.
- Si se recomienda, verifique el uso correcto de la mascarilla cubriendo completamente la nariz y la boca.
- Informar al equipo sobre las medidas de prevención establecidas y disponer de un programa de formación sobre las actuaciones a realizar en el puesto de trabajo. el IMSS plataforma educativa en línea se puede utilizar para este propósito.
- Disponer de un cuestionario para identificar los síntomas del COVID-19.
- Evite establecer políticas que condicionen el acceso al trabajo a las pruebas de COVID-19 financiadas por el personal.
Los Lineamientos dejan sin efecto los denominados Lineamientos Técnicos para la Reapertura de Actividades Económicas publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020.
La guía actualizada establece recomendaciones y sugerencias, y las obligaciones del centro de trabajo se limitan a cumplir con las medidas legales (es decir, condicionar el regreso al trabajo a la vacunación o la realización de pruebas bajo la responsabilidad de los trabajadores y sin su consentimiento). Si los centros de trabajo son objeto de inspección por parte de una autoridad, deberán demostrar su pleno cumplimiento.
Jorge De Presno, Gerardo Nieto Martínez, Gil A. Zenteno García, Álvaro González Schiaffino y Santiago Villanueva Durán son abogados de Basham, Ringe y Correa SC en la Ciudad de México. David Puente es abogado de Basham, Ringe y Correa SC en Monterrey, México. © 2022 Basham, Ringe y Correa. Todos los derechos reservados. Publicado con permiso de Lexología🇧🇷