Tecnología

9 millones de trabajos en peligro debido a la reforma de la subcontratación

Veronica Gascón
Agencia de reforma

Miércoles 02 de diciembre de 2020 | 07:08

Ciudad de México- Es poco probable que las empresas que recurren a la subcontratación absorban directamente a todo el personal que han subcontratado tan pronto como entre en vigencia la reforma en la materia, dijo Manpower.

Héctor Márquez, director de Relaciones Institucionales de Manpower, dijo que la reforma de outsourcing afectará a unos 9 millones de trabajadores, con 4,5 millones actualmente contratados por outsourcing y otro número similar en internalización.

«¿Que les pasara a ellos? Obviamente las opciones estarán divididas, en algunas empresas las contratarán directamente y en otras dirán que están contratadas, pero por honorarios o equivalente a salario estos mecanismos no estaban prohibidos ”, señaló Márquez.

Pablo Lezama, presidente de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), coincidió en que será difícil para todas las empresas incorporar a este tipo de empleados en la nómina.

«Por supuesto (habrá despidos), veo que es complicado», dijo.

Agregó que el proyecto de ley propuesto por el Ejecutivo no afecta ninguna de las malas prácticas que se ejercen a través de la tercerización, es decir, esquemas como cooperativas, sindicatos, pagos de derechos de autor, entre otros.

Gricha Raether y Larry Rubin, representantes de los partidos Demócrata y Republicano de Estados Unidos en México, consideraron peligroso prohibir la subcontratación, ya que podría dañar los intereses de las empresas estadounidenses en el país y generar algún tipo de intervención.

«Es malo para todos que la subcontratación esté prohibida. Es una medida muy peligrosa para cualquier país», dijo Raether.

En tanto, Ciudad de México ha informado que cualquier persona que subcontrate personal sin notificar el contrato y personas subcontratadas a la Secretaría de Hacienda será sancionado con una multa de hasta 9,413 pesos.

Este “aviso” está incluido en el artículo 156 del BPI agregado al Código y debe ser presentado dentro de los 10 días posteriores a la firma del contrato. Si lo hace de forma extemporánea, también recibirá una multa.

Federico Pareja

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